Me dirijo a Ud. en mi carácter de apoderado de General Motors de Argentina S. R. L. (en adelante GMA), acusando recibido de su carta documento de fecha 29/10/2009 a fin de poner manifiesto que hasta la fecha GMA ha cumplido en tiempo y forma con las obligaciones que le han sido impuestas como agente de retención del derecho de registro e inspección, actuando conforme a derecho, razón por la cual le solicitamos se abstenga de efectuar nuevas intimaciones a GMA por razones que nos son ajenas y competen exclusivamente al funcionamiento interno de la Comisión Comunal.
De todos modos, en respuesta a su inquietud respecto a la conducta a seguir con relación a la supuesta cesión de derechos y acciones de la Comuna a favor de la empresa “Constructora del Litoral S.A., pongo en su conocimiento que GMA ha remitido carta documento al Señor Presidente Comunal en la misma fecha. En ella, se le manifiesta que, sin perjuicio de GMA no es deudor de esa Comuna sino que se encuentra designado como agente de retención con lo cual no estaríamos en presencia de un autentico “deudor cedido”, atento a que no se ha respondido hasta la fecha la carta documento que el remitiéramos con el objeto de que nos presente copia del instrumento de cesión y una serie de aclaraciones imprescindibles a fin de evaluar correctamente los pagos que el Señor Presidente Comunal pretende se hagan ante el supuesto acreedor, motivo por el cual, en el próximo vencimiento, depositaremos las sumas retenidas en concepto de DREI en tiempo y forma ante la oficina de la Comuna.
Le hacemos saber, asimismo, que a la fecha presente existe un embargo comunicado a GMA dentro de los Autos “C.A.M.E.C.I.A.R. C/ COMUNA DE ALVEAR S/ HOMOLOGACION”, expíe. 287/08 que estamos cumpliendo por haberse ordenado judicialmente la retención de los importes que GMA deposita mensualmente en la Comuna en concepto de DREI como agente de retención de las empresas vinculadas, como así también una comunicación por parte de la Mutual de Socios del Sportivo Footbool Club de Álvarez de una presunta cesión de derechos y acciones de la Comuna a su favor.
Saludamos a Ud. atentamente.
Marcelo Quaglia apoderado
De todos modos, en respuesta a su inquietud respecto a la conducta a seguir con relación a la supuesta cesión de derechos y acciones de la Comuna a favor de la empresa “Constructora del Litoral S.A., pongo en su conocimiento que GMA ha remitido carta documento al Señor Presidente Comunal en la misma fecha. En ella, se le manifiesta que, sin perjuicio de GMA no es deudor de esa Comuna sino que se encuentra designado como agente de retención con lo cual no estaríamos en presencia de un autentico “deudor cedido”, atento a que no se ha respondido hasta la fecha la carta documento que el remitiéramos con el objeto de que nos presente copia del instrumento de cesión y una serie de aclaraciones imprescindibles a fin de evaluar correctamente los pagos que el Señor Presidente Comunal pretende se hagan ante el supuesto acreedor, motivo por el cual, en el próximo vencimiento, depositaremos las sumas retenidas en concepto de DREI en tiempo y forma ante la oficina de la Comuna.
Le hacemos saber, asimismo, que a la fecha presente existe un embargo comunicado a GMA dentro de los Autos “C.A.M.E.C.I.A.R. C/ COMUNA DE ALVEAR S/ HOMOLOGACION”, expíe. 287/08 que estamos cumpliendo por haberse ordenado judicialmente la retención de los importes que GMA deposita mensualmente en la Comuna en concepto de DREI como agente de retención de las empresas vinculadas, como así también una comunicación por parte de la Mutual de Socios del Sportivo Footbool Club de Álvarez de una presunta cesión de derechos y acciones de la Comuna a su favor.
Saludamos a Ud. atentamente.
Marcelo Quaglia apoderado
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